dimecres, 25 de gener del 2017
Declaradas nulas las cláusulas de suelo de 40 bancos
Hay que seguir en la calle: que no escamoten la sentencia !, que devuelvan los pisos rebados
Resumen informativo - El juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid ha declarado nulas las cláusulas de suelo de 40 bancos y cajas (descargar sentencia). Además, la sentencia indica que además de dejar de aplicar la cláusula deben devolver el dinero cobrado indebidamente desde el 9 de Mayo de 2013. En este sentido el TJUE ha sentenciado que el dinero debe devolverse desde el principio y no solamente desde Mayo de 2013.
La sentencia es producto de una macrodemanda interpuesta por ADICAE representando a 15.000 afectados de diferentes entidades, pero tal como está redactada la sentencia obliga a eliminar el suelo y a devolver el dinero a todos los clientes de los bancos afectados, y no solamente a los que han interpuesto la demanda.
Esta sentencia junto a la sentencia del TJUE abre una vía para nuevas reclamaciones o para comenzar a reclamar. Aunque la vía más habitual y efectiva es la reclamación judicial, para lo que habrá que interponer una demanda a través de abogados, desde enero de 2017 se abre la posibilidad de realizar una reclamación directamente al banco mediante el nuevo sistema aprobado por el Consejo de Ministros. Esta vía es nueva y hasta que no se vean los resultados es difícil decir si realmente es efectiva.
Listado de bancos afectados
La lista de entidades afectadas por la sentencia es extensa. A continuaciópn dejamos el listado completo para que todos los afectados por la cláusula de suelo puedan comprobar si están incluidos en la sentencia. A la hora de buscar la entidad hay que tener en cuenta las fusiones que se han producido en el sector bancario. Ordenamos la lista por orden alfabético en función de las denominaciones actuales de los bancos y entre paréntesis antiguas entidades que ahora forman parte del algún otro banco.
Arquia Caja de Arquitectos.
Banca March.
Banca Pueyo.
Banco Caminos.
Banco del Comercio.
Banco Etchevarría (perteneciente al grupo Abanca).
Banco Mare Nostrum (Caja Granada y Caja de Ahorros de Murcia).
Banco Popular (Banco de Galicia, Banco Popular Español, Banco Vasconia, Banco Andalucía, Banco Castilla, Banco Crédito Balear, Popular-E, Targobank, Banco Pastor y Banco Popular Hipotecario Español).
Banco Sabadell (Banco Guipozcoano, Banco Gallego, Caixa Penedés, Banco Sabadell Atlántico, Banco de Asturias, Banco Herrero y Banco Urquijo).
Bancofar.
Bankia (Caja Segovia, Caja Insular de Ahorros de Canarias y Caja Rioja).
Bantierra (Cajalón, Caixa Advocats y Caja Rural de Huesca).
Caixa de Guissona.
Caixa Rural Casinos.
Caixa Rural Galega.
CaixaBank (Caixa d'Estalvis de Girona, Caja Sol, Caja de Ahorros de Burgos, Caja Guadalajara, La Caixa, Caja General de Ahorros de Canarias, Banco Zaragozano, Caja General de Ahorros de Granada y Barclays España).
Caja Cantabria.
Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent.
Caja Rural Central.
Caja Rural de Almendralejo.
Caja Rural de Asturias.
Caja Rural de Bexti.
Caja Rural de Granada.
Caja Rural de Jaén.
Caja Rural de Navarra.
Caja Rural de Soria.
Caja Rural de Tenerife-Cajasiete.
Caja Rural de Teruel.
Caja Rural del Mediterráneo.
Caja Rural del Sur (Caja Rural del Sur Sociedad Cooperativa de Crédito, Caja Rural de Córdoba y Caja Rural de Sevilla).
Caja Rural Extremadura.
Caja Rural San Vicente Ferrer de Vall de Uxó.
Celeris Servicios Financieros.
Credifimo.
Globalcaja (Caja Rural de Albacete, Caja Rural de Ciudad Real, Caja Rural de Cuenca).
Grupo Caja Rural (Caja Rural Toledo, Caja Rural Zamora y Cajaviva).
Ibercaja (Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón, Monte de Piedad y Caja General de Ahorros de Badajoz y Caja de Ahorros y Monte de Piedad del Círculo Católico de Obreros de Burgos).
Kutxabank (Kutxa y Caja Sur).
Laboral Kutxa (Ipar Kutxa Rural y Caja Laboral Popular).
Liberbank (Caja Castilla-La Mancha, Cajastur, Caja de Ahorros de Extremadura y Caja de Ahorros de Santander y Cantabria).
Unicaja Banco (Caja Duero y Unicaja).
En el listado anterior no aparecen bancos que ya fueron condenados por el Tribunal Supremo por aplicar cláusulas de suelo abusivas, y por tanto esta sentencia no los analiza. Son BBVA, Abanca y Cajamar las entidades que ya furon condenadas en el año 2013.
Actualización a 21/12/2016
Hoy se ha conocido la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea referente a las cláusulas suelo aplicadas por los bancos españoles. La sentencia dicta que las entidades deben devolver todo el dinero que los clientes han pagado de más desde el principio y no desde Mayo de 2013, tal como fijó el Tribunal Supremo.
Puedes leer la noticia completa en: Los bancos afectados por cláusula de suelo sufren fuertes caídas
Actualización de 11 de enero de 2017
El Gobierno ha anunciado que pondrá en marcha un mecanismo extrajudicial para que los afectados por las cláusulas de suelo puedan reclamar y llegar a acuerdos con su banco en un plazo máximo de 3 meses. Muy probablemente se ponga en marcha en el próximo Consejo de Ministros. Se calcula que hay alrededor de 1,5 millones de afectados y tras la sentencia del TJUE se espera una avalancha de demandas que colapsarían los juzgados, por ese motivo se están estudiando mecanismos extrajudiciales.
Una nueva sentencia del Tribunal Supremo, en este caso por el cobro de los gastos de formalización de hipotecas, abre una nueva vía para reclamar a los bancos. Según el supremo los gastos de formalización de la hipoteca (notario, registro, impuestos) deben ser pagados por la entidad bancaria, al menos en parte, y no por el cliente. En una hipoteca media cada cliente podría reclamar alrededor de unos 3.000 € a su banco.
Actualización 24 de enero de 2017
El Gobierno aprueba el Real Decreto 1/2017 el 20 de Enero de Medidas urgentes de protección al consumidor en materia de cláusulas suelo cuyo objetivo, tal como indica el artículo 1 del Decreto es la "el establecimiento de medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria". Ver Decreto 1/2017 AQUÍ.
Mediante el anterior decreto se abre una vía de negociación extrajudicial con el banco. La entidad deberá dar respuesta al cliente en un plazo máximo de 3 meses, y en el caso de atender la solicitud realizar una oferta económica. En caso de acuerdo entre las partes el dinero devuelto puede ser entregado en efectivo o bien rebajando la cantidad de la hipoteca.